Accesibilidad

El CLUB NAUTICO SANLUCAR DE BARRAMEDA se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

Esta declaración de accesibilidad se aplica al sitio web: https://rcnauticosanlucar.com/

1. SITUACIÓN DE CUMPLIMIENTO

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

2. CONTENIDO NO ACCESIBLE

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

  • Falta de conformidad con el RD 1112/2018:

    • Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web, tanto en contenidos HTML como en documentos finales (PDF).

    • Pueden existir imágenes sin el atributo de texto alternativo.

  • Carga desproporcionada: No se aplica.

  • El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable:

    • Pueden existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad con los requisitos de accesibilidad.

3. PREPARACIÓN DE LA PRESENTE DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD

La presente declaración fue preparada el 16 de diciembre de 2025.

El método empleado para la preparación de la declaración ha sido una autoevaluación realizada por la propia entidad.

4. OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO

Usted puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:

 

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.

     

  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.

     

  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

     

A través del correo electrónico: rcnauticosanlucar@gmail.com o llamando al teléfono 956361993.

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la administración del Club.

5. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación ante las autoridades competentes.